Destrucción de Datos en Anteproyecto de Ley de Información Clasificada

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Última actualización: 14 nov, 2022


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La Destrucción de Datos en el Anteproyecto de Ley de Información Clasificada

 Transcurridos más de cuarenta años desde la entrada en vigor de la Constitución de 1978, sigue vigente la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre Secretos Oficiales, que ha sido objeto de modificaciones puntuales que trataron de adecuar el texto a la nueva etapa que iniciaba España tras la dictadura a través de la Ley 48/1978, de 7 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/1968, de 5 de abril. Desde entonces, no se han acometido reformas sustantivas sobre una materia de tan significativa relevancia como es la información clasificada, a diferencia de lo que ha ocurrido prácticamente en todos los Estados de la Unión Europea, puesto que los diversos proyectos o proposiciones legislativas que procuraron actualizar la Ley de Secretos Oficiales no prosperaron. La necesidad de dotar al ordenamiento de un régimen actualizado y acorde a los estándares internacionales en la materia, se cumple con la presente Ley de Información Clasificada.

El propio Informe Anual de Seguridad Nacional 2021, establecía como Próximos Pasos: “Actualizar la legislación de secretos oficiales […]a las necesidades actuales y al cumplimiento de las demandas de los organismos internacionales […] para tener en cuenta el aumento de documentación digital e implementar soluciones técnicas para favorecer el control”.

Desde hace varias décadas existe una preocupación generalizada en el ámbito de la Unión Europea (UE), de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) y de la Agencia Espacial Europea (AEE) en relación con la información clasificada que se produce en sus Estados miembros. Esto ha motivado la firma de diversos Tratados Internacionales que han perseguido establecer unos estándares uniformes de tratamiento de esta información, procurando que los intercambios que se produzcan gocen del máximo nivel de seguridad posible. España, como Estado miembro de la UE, de la OTAN y de la AEE, se ha comprometido internacionalmente a tener un marco normativo que asegure el cumplimiento de dichos estándares. Así lo ha hecho, además, con diversas y numerosas potencias extranjeras con las que ha firmado Tratados bilaterales que procuran la protección de la información que se intercambia en beneficio de ambas partes.

El Art. 5 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia establece que las actividades del Centro, así como su organización y estructura interna, medios y procedimientos, personal, instalaciones, bases y centros de datos, fuentes de información y las informaciones o datos que puedan conducir al conocimiento de las anteriores materias, constituyen información clasificada con el grado de secreto, por lo que resulta recomendable su inclusión y concordancia legal.

A partir de la entrada en vigor de esta Ley existirán cuatro categorías: «Alto secreto», «Secreto», «Confidencial» y «Restringido». Las categorías por las que se ha optado corresponden al catálogo de clasificación que se utiliza en el ámbito de la Unión Europea y de la OTAN. De esta manera, a la vez que se asegura la homologación, se deja de lado cualquier neologismo que dificulte una rápida identificación de niveles de protección según los estándares internacionales. A cada categoría le corresponde un tratamiento de la información en particular, quedando vinculada a una serie de reglas específicas que permiten entender fácilmente que la información clasificada bajo las primeras categorías cuenta con un nivel de seguridad reforzado, que va disminuyendo progresivamente en las categorías inferiores.

El anteproyecto recoge como vital la destrucción de la información, indicando que las autoridades de clasificación competentes deberán elaborar planes de emergencia para la protección o, en su caso, destrucción de la información clasificada en las situaciones previstas. Los requisitos mínimos de estos planes se determinarán reglamentariamente.

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Autor:

Rafael Chust | Director Delete Technology España y Portugal